PODER CAUTELAR GENÉRICO JURISDICCIONAL

Autores

  • Eduardo M. Martinez Alvarez Universidad del Museo Social Argentino.

DOI:

https://doi.org/10.13037/dh.n5.739

Resumo

Nunca como en el abordaje del tema del “poder general de cautela jurisdiccional”, se percibe com tal nitidez la naturaleza instrumental del derecho procesal y de la recíproca interdependencia entre este y el derecho sustancial, palpándose – por dicha razón – la íntima vinculación del último com el ritual. No resulta difícil advertir – entonces – que la especie de tutela procesal se encuentra subordinada al requerimiento de protección que en un momento dado exige el derecho de fondo. Tal respuesta, por parte de la jurisdicción, debe ser eficaz, temporánea y lo mas amplia posible. No debe olvidarse el principio chiovendiano que caracteriza la tutela efectiva, como la que proporciona, al titular de un derecho sustancial, la posibilidad de gozar de los efectos que se le aseguran en el plano jurídico material. Esta es la razón misma de la existencia y efectividad de la tutela jurisdiccional civil. Em la exposición de motivos de la novísima ley de enjuiciamiento civil de Espana (1/2000 del 7 de enero de 2000), se cita con énfasis al art. 24 de la Constitución española, que confiere el derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de los derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Al igual que en el art. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires que contempla el aseguramiento de la tutela judicial continua y efectiva. Objetivo que también procuran los artículos 8 inciso 1º del Pacto del San José de Costa Rica y 2º incisos 2 y 3 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos suscripto em Nueva York en 1966, operativos en nuestro derecho según lo dispuesto en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. PALABRAS-LLAVE: poder general de cautela jurisdiccional, derecho procesal, Constituición Nacional.

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Publicado

2010-05-03

Como Citar

Alvarez, E. M. M. (2010). PODER CAUTELAR GENÉRICO JURISDICCIONAL. Direito E Humanidades, (5). https://doi.org/10.13037/dh.n5.739